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Erasmus+ y el Brexit

3 de febrero de 2020 por Elisa Echenique Echenique Leave a Comment

En relación al programa Erasmus+ y los efectos del Brexit, nos gustaría facilitaros la siguiente información que ya está disponible en la sección sobre Brexit de la web del SEPIE: http://sepie.es/brexit.html, así como en redes sociales:

Atención:

El Reino Unido ha abandonado la Unión Europea con un acuerdo de retirada el 31 de enero de 2020, que entró en vigor el 1 de febrero de 2020. El periodo transitorio durará hasta el 31 de diciembre de 2020. El acuerdo de retirada prevé la participación del Reino Unido en el actual programa Erasmus+ 2014-2020 hasta el cierre del programa, lo que significa que los beneficiarios del Reino Unido pueden continuar participando en los proyectos subvencionados en virtud del Reglamento actual hasta que se completen todas las actividades, incluso si son después de 2020. Por lo tanto, todas las actividades y movilidades de estudiantes, docentes y personal de los proyectos Erasmus+ no se verán interrumpidas en el actual marco 2014-2020 del programa Erasmus+, por lo que estas movilidades y actividades no se verán afectadas por el Brexit.

A partir del 1 de enero de 2021, el Reino Unido será tratado como un tercer país a los efectos de acceso a los programas de la UE, incluido Erasmus+. La posible participación del Reino Unido en futuros programas después de 2020 dependerá del resultado de las negociaciones generales sobre la relación futura entre la Unión Europea y el Reino Unido. No obstante, el gobierno del Reino Unido se ha comprometido a negociar el acceso al siguiente programa Erasmus+ 2021-2027.

EU Settlement Scheme (EUSS)

Los estudiantes que están en la actualidad en el Reino Unido o vayan a iniciar sus estudios después del Brexit no es necesario que soliciten en base al EUSS siempre que acaben sus estudios y tengan intención de volver a su país de origen o residencia habitual antes del 31 de diciembre de 2020.

Un pasaporte emitido por un Estado Miembro o un Documento Nacional de Identidad es prueba suficiente para estudiar y seguir haciéndolo en el Reino Unido hasta el 31 de diciembre de 2020. Se informará algún cambio en este sentido si los hubiera.

No obstante, deberán solicitar su inscripción en base al «EU Settlement Scheme» antes de que acabe el plazo si tienen intención de seguir estudiando en el Reino Unido o empezar a trabajar una vez acabados sus estudios más allá del 31 de diciembre de 2020.

Más información: 

folleto EUSS, 

documento «Cómo me afecta el Brexit», 

Embajada de España en Londres, 

Consejería de Educación en Reino Unido

Filed Under: Brexit, Comisión Europea, Erasmus+, Noticias, Parlamento Europeo, Proyectos KA1 de Erasmus+, Proyectos KA2 de Erasmus+

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